SE SOMETIÓ A VOTACIÓN LA CREACIÓN DEL DISTRITO ELECTORAL DE LIMA PROVINCIAS Y LIMA METROPOLITANA, SIENDO APROBADA POR UNANIMIDAD, 105 VOTOS.
AL FIN LAS PROVINCIAS DEL DEPARTAMENTO DE LIMA PODRÁ ELEGIR A SUS PROPIOS CONGRESISTAS TRAS APROBACIÓN DE DISTRITO ELECTORAL LIMA-PROVINCIAS
AL FIN LAS PROVINCIAS DEL DEPARTAMENTO DE LIMA PODRÁ ELEGIR A SUS PROPIOS CONGRESISTAS TRAS APROBACIÓN DE DISTRITO ELECTORAL LIMA-PROVINCIAS

El pleno del Congreso aprobó elevar de 120 a 130 el número legal de parlamentarios y crear el distrito electoral Lima-Provincias, mediante la ratificación, en segunda votación, de un proyecto de reforma constitucional y una modificación de la Ley Orgánica de Elecciones.
Con 84 votos a favor, en contra 19 y 0 abstenciones el Congreso Peruano aprobó en segunda votación el aumento de la representación parlamentaria a 130 congresistas.
Junto a la misma, se sometió a votación la creación del Distrito Electoral de Lima Provincias y Lima Metropolitana, siendo aprobada por unanimidad, 105 votos.
En efecto, la reforma que modifica el artículo 90 de la Carta Magna e incrementa el número de parlamentarios fue ratificada por 84 votos a favor, con la oposición del Partido Nacionalista, y entrará en vigencia para el proceso electoral de 2011.
La norma establece que el número de congresistas del Parlamento unicameral es de 130, y se elige por un período de cinco años mediante un proceso electoral organizado conforme a ley.
En una disposición transitoria especial, se precisa que corresponderá al Jurado Nacional de Elecciones distribuir los escaños adicionales en la cantidad de cuatro para Lima-Provincias, sin afectar la distribución nacional existente.
Mientras que los seis escaños restantes se distribuirán conforme a ley, es decir, de acuerdo con la proporcionalidad.
La citada norma modifica el artículo 21° de la Ley Orgánica de Elecciones, disponiendo que para la designación de los representantes al Congreso de la capital se considerarán dos subdistritos electorales: el de la “Provincia de Lima” y “Lima-Provincias”.
Para ambos distritos se asignará el número de escaños que corresponda, de acuerdo con sus respectivas circunscripciones.
La ratificación de la norma fue recibida con aplausos tanto del presidente de la Región Lima, Nelson Chui; como de diferentes alcaldes de las provincias capitalinas que se dieron cita en las galerías del hemiciclo del Congreso.
Terminada la votación, el congresista aprista Jorge del Castillo indicó que el Parlamento había tomado una decisión trascendental, que reivindica la justa aspiración de las provincias capitalinas de tener representación en el Parlamento.
El legislador Raúl Castro Stagnaro, de Unidad Nacional, cuestionó a la bancada del Partido Nacionalista por haberse opuesto a la reforma del artículo 90° de la Constitución, que eleva el número de parlamentarios, en la medida en que dicha disposición está unida a la creación del distrito electoral de Lima-Provincias.
Con 84 votos a favor, en contra 19 y 0 abstenciones el Congreso Peruano aprobó en segunda votación el aumento de la representación parlamentaria a 130 congresistas.
Junto a la misma, se sometió a votación la creación del Distrito Electoral de Lima Provincias y Lima Metropolitana, siendo aprobada por unanimidad, 105 votos.
En efecto, la reforma que modifica el artículo 90 de la Carta Magna e incrementa el número de parlamentarios fue ratificada por 84 votos a favor, con la oposición del Partido Nacionalista, y entrará en vigencia para el proceso electoral de 2011.
La norma establece que el número de congresistas del Parlamento unicameral es de 130, y se elige por un período de cinco años mediante un proceso electoral organizado conforme a ley.
En una disposición transitoria especial, se precisa que corresponderá al Jurado Nacional de Elecciones distribuir los escaños adicionales en la cantidad de cuatro para Lima-Provincias, sin afectar la distribución nacional existente.
Mientras que los seis escaños restantes se distribuirán conforme a ley, es decir, de acuerdo con la proporcionalidad.
La citada norma modifica el artículo 21° de la Ley Orgánica de Elecciones, disponiendo que para la designación de los representantes al Congreso de la capital se considerarán dos subdistritos electorales: el de la “Provincia de Lima” y “Lima-Provincias”.
Para ambos distritos se asignará el número de escaños que corresponda, de acuerdo con sus respectivas circunscripciones.
La ratificación de la norma fue recibida con aplausos tanto del presidente de la Región Lima, Nelson Chui; como de diferentes alcaldes de las provincias capitalinas que se dieron cita en las galerías del hemiciclo del Congreso.
Terminada la votación, el congresista aprista Jorge del Castillo indicó que el Parlamento había tomado una decisión trascendental, que reivindica la justa aspiración de las provincias capitalinas de tener representación en el Parlamento.
El legislador Raúl Castro Stagnaro, de Unidad Nacional, cuestionó a la bancada del Partido Nacionalista por haberse opuesto a la reforma del artículo 90° de la Constitución, que eleva el número de parlamentarios, en la medida en que dicha disposición está unida a la creación del distrito electoral de Lima-Provincias.
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