sábado, 30 de agosto de 2014

ALCALDE DE OMAS, HOY CANDIDATO A LA ALCALDÍA PROVINCIAL DE YAUYOS NO RESPETA LA PROPIEDAD PRIVADA ¿ASÍ PRETENDE GOBERNAR TODA UNA PROVINCIA?

Una imagen dice mil palabras


En el mes de julio hemos estado en Quinches, visitando la zona nor oeste de la provincia de Yauyos. Al llegar a mi casa en el lugar de juntocuña me topé con una ingrata sorpresa.

Este señor todavía en funciones como alcalde de la municipalidad distrital de Omas, ha hecho pintas en toda la fachada de mi casa sin ninguna consideración a la persona que viven allí, sin pedir ningún tipo de permiso. (Lo ha hecho a escondidas y en la noche)

Yo le hago una pregunta al burgomaestre de Omas, ¿Qué pasaría si en la soledad de la noche llegue a Omas, luego procedo a pintarrajear su casa con algún nombre o frase que nada tiene que ver con la casa donde habita con su familia? ¿Acaso le gustará? ¿Acaso es para alegrarse? Sr. Alcalde del distrito de Omas.  

Lo mínimo que debe hacer este señor que dice ser una persona respetuosa, tolerante, transparente y no se qué otros valores más, es que de inmediato comprometerse ha despintar o resarcir de este atropello que ha hecho a la propiedad privada, mi casa en Quinches. Le llamo a la reflexión y que realmente respete la propiedad privada, porque este no es su chacra donde pueda hacer lo que quiera.

Estamos buscando apoyo legar para parar este atropello realizado en nuestra propiedad. Hay que recordarle, si no sabe, es que hay leyes que protege a la ciudadanía sobre este condenable acto de maltratar la casa ajena.   

Si no lo sabe hay que refrescarle la memoria a este señor que hay normas que respetar, Por ejemplo, la defensoría del pueblo ha dado a conocer que tipo de publicidad está permitida y cuales están prohibidas. Además sobre La propaganda política en predios privados

…“Los partidos, agrupaciones independientes y alianzas, sin necesidad de permiso de autoridad política o municipal y sin pago de arbitrio alguno, pueden:
a) Exhibir letreros, carteles o anuncios luminosos, en las fachadas de las casas políticas, en la forma que estimen conveniente.
b) Instalar, en dichas casas políticas, altoparlantes, que pueden funcionar entre las ocho de la mañana y las ocho de la noche. A la autoridad respectiva corresponde regular la máxima intensidad con que puede funcionar dichos altoparlantes.
c) Instalar altoparlantes en vehículos especiales, que gozan de libre tránsito en todo el territorio nacional, dentro de la misma regulación establecida anteriormente(b).
d) Efectuar la propaganda del partido o de los candidatos, por estaciones radiodifusoras, canales de televisión, cinemas, periódicos y revistas o mediante carteles ubicados en los sitios que para tal efecto determinen las autoridades municipales. Deben regir iguales condiciones para todos los partidos y candidatos.
e) Fijar, pegar o dibujar carteles o avisos en predios de dominio privado, siempre que el propietario conceda permiso escrito, el cual es registrado ante la autoridad policial correspondiente.
f) Fijar, pegar o dibujar tales carteles o avisos en predios de dominio público, previa autorización del órgano representativo de la entidad propietaria de dicho predio. (la autorización concedida a un partido o candidato se entiende como concedida automáticamente a los demás.)

NOTA: La propaganda política en predios privados debe contar con autorización escrita del propietario.
¿Qué propaganda política está prohibida?
Quedan prohibidos, como forma de propaganda política:
» El empleo de pintura en las calzadas y muros de predios públicos y privados.
» La propaganda sonora difundida desde el espacio aéreo.
» La propaganda por altoparlantes que no estén ajustados horario establecido.
» La propaganda electoral en predios de dominio público, en colegios, beneficencias y en predios privados sin contar con la autorización del propietario.
» La colocación de propaganda electoral en los postes de alumbrado público (Esta prohibición se encuentra contenida en las ordenanzas municipales y en el código nacional de electricidad y suministro).
» La colocación de paneles, afiches y carteles en instituciones educativas que serán utilizadas como locales de votación el día de los comicios.
» Está prohibido el uso o la invocación de temas religiosos de cualquier credo, en la propaganda política.

¿Dónde denunciar incidencias de propaganda electoral que no estén conforme a la ley?
Los ciudadanos pueden denunciar propaganda prohibida ante los Jurados Electorales Especiales(JEE) instalados con motivo de las elecciones.
Los medios de contacto con los JEE puedes averiguarlo en: DIRECTORIO DEL LOS JEEs. También se puede contactar con el Jurados Nacional de Elecciones (JNE) a través de los siguientes medios:
Peru Central Telefónica JNE: (511) 311 - 1700

IMPORTANTE: Concluidos los comicios electorales, todos los partidos políticos, listas independientes y alianzas en un lapso de 60 (sesenta) días proceden a retirar o borrar su propaganda electoral. En el caso contrario, se hacen acreedores a la multa que establezcan las autoridades correspondientes.


Empezamos a tocar puertas para que se respete nuestra propiedad.

No hay comentarios: