Una
imagen dice mil palabras
En
el mes de julio hemos estado en Quinches, visitando la zona nor oeste de la
provincia de Yauyos. Al llegar a mi casa en el lugar de juntocuña me topé con una
ingrata sorpresa.
Este
señor todavía en funciones como alcalde de la municipalidad distrital de Omas,
ha hecho pintas en toda la fachada de mi casa sin ninguna consideración a la
persona que viven allí, sin pedir ningún tipo de permiso. (Lo ha hecho a
escondidas y en la noche)
Yo
le hago una pregunta al burgomaestre de Omas, ¿Qué pasaría si en la soledad de
la noche llegue a Omas, luego procedo a pintarrajear su casa con algún nombre o
frase que nada tiene que ver con la casa donde habita con su familia? ¿Acaso le
gustará? ¿Acaso es para alegrarse? Sr. Alcalde del distrito de Omas.
Lo
mínimo que debe hacer este señor que dice ser una persona respetuosa, tolerante,
transparente y no se qué otros valores más, es que de inmediato comprometerse
ha despintar o resarcir de este atropello que ha hecho a la propiedad privada,
mi casa en Quinches. Le llamo a la reflexión y que realmente respete la
propiedad privada, porque este no es su chacra donde pueda hacer lo que quiera.
Estamos
buscando apoyo legar para parar este atropello realizado en nuestra propiedad. Hay
que recordarle, si no sabe, es que hay leyes que protege a la ciudadanía sobre
este condenable acto de maltratar la casa ajena.
Si
no lo sabe hay que refrescarle la memoria a este señor que hay normas que respetar,
Por ejemplo, la defensoría del pueblo ha dado a conocer que tipo de publicidad está
permitida y cuales están prohibidas. Además sobre La propaganda política
en predios privados
…“Los partidos, agrupaciones independientes y alianzas, sin necesidad de permiso de autoridad política o municipal y sin pago de arbitrio alguno, pueden:
a)
Exhibir letreros, carteles o anuncios luminosos, en las fachadas de las casas
políticas, en la forma que estimen conveniente.
b)
Instalar, en dichas casas políticas, altoparlantes, que pueden funcionar entre
las ocho de la mañana y las ocho de la noche. A la autoridad respectiva
corresponde regular la máxima intensidad con que puede funcionar dichos
altoparlantes.
c)
Instalar altoparlantes en vehículos especiales, que gozan de libre tránsito en
todo el territorio nacional, dentro de la misma regulación establecida
anteriormente(b).
d)
Efectuar la propaganda del partido o de los candidatos, por estaciones
radiodifusoras, canales de televisión, cinemas, periódicos y revistas o
mediante carteles ubicados en los sitios que para tal efecto determinen las
autoridades municipales. Deben regir iguales condiciones para todos los
partidos y candidatos.
e)
Fijar, pegar o dibujar carteles o avisos en predios de dominio privado,
siempre que el propietario conceda permiso escrito, el cual es registrado ante
la autoridad policial correspondiente.
f)
Fijar, pegar o dibujar tales carteles o avisos en predios de dominio
público, previa autorización del órgano representativo de la entidad
propietaria de dicho predio. (la autorización concedida a un partido o
candidato se entiende como concedida automáticamente a los demás.)
NOTA:
La propaganda política en predios privados debe contar con autorización escrita
del propietario.
¿Qué propaganda política está prohibida?
Quedan prohibidos, como forma de propaganda
política:
» El empleo de pintura en las calzadas y
muros de predios públicos y privados.
» La propaganda sonora difundida desde el
espacio aéreo.
» La propaganda por altoparlantes que no
estén ajustados horario establecido.
» La propaganda electoral en predios de
dominio público, en colegios, beneficencias y en predios privados sin contar
con la autorización del propietario.
» La colocación de propaganda electoral en
los postes de alumbrado público (Esta prohibición se encuentra contenida en las
ordenanzas municipales y en el código nacional de electricidad y suministro).
» La colocación de paneles, afiches y
carteles en instituciones educativas que serán utilizadas como locales de
votación el día de los comicios.
» Está prohibido el uso o la invocación de
temas religiosos de cualquier credo, en la propaganda política.
¿Dónde denunciar incidencias de propaganda
electoral que no estén conforme a la ley?
Los ciudadanos pueden denunciar propaganda
prohibida ante los Jurados Electorales Especiales(JEE) instalados con motivo de
las elecciones.
Los medios de contacto con los JEE puedes
averiguarlo en: DIRECTORIO DEL LOS JEEs. También se puede contactar con el
Jurados Nacional de Elecciones (JNE) a través de los siguientes medios:
Email JNE: consultas@jne.gob.pe
Facebook JNE: http://www.facebook.com/JNE.
Peru Central Telefónica JNE: (511) 311 - 1700
IMPORTANTE: Concluidos los comicios
electorales, todos los partidos políticos, listas independientes y alianzas en
un lapso de 60 (sesenta) días proceden a retirar o borrar su propaganda
electoral. En el caso contrario, se hacen acreedores a la multa que establezcan
las autoridades correspondientes.
Empezamos
a tocar puertas para que se respete nuestra propiedad.
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